Gestión de Residuos | Servicios Ambientales | Coccosphere
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Gestión de Residuos

Coccosphere Environmental Analysis

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Desde Coccosphere® ofrecemos nuestros servicios en Soluciones Avanzadas en Gestión de Residuos y Reciclaje. Somos portadores de las 3RVE: «reducción-recuperación-reciclaje, valorización y eliminación».

Desarrollamos propuestas de valor, productos y servicios más innovadores, para un posicionamiento muy diferencial en el mercado.

Soluciones Avanzadas en Gestión de Residuos y Reciclaje

Coccosphere® se encuentra inscrito en el Registro de Gestores de Residuos no Peligrosos (RNP) de la Junta de Andalucía

Asesoramiento Normativo

Ley 7/2022

Decreto 73/2012

Reglamento (CE) 1272/2008

Laboratorio Avanzado

Caracterización de Residuos

Control de Procesos

Calidad del Procesos

e-SIR

Consultoría

Redacción Pliegos Técnicos

Apoyo en Licitaciones Públicas

Análisis e Informes

Diagnóstico de Municipios

Cartera de Clientes

Memorias Anuales

Archivo Cronológico

Análisis Ambiental

Inventario de Contenedores

Modelos de Recogida

Simulaciones y Pronósticos

Mejores Rutas Disponibles

Distancias a Contenedores

Estudios de Contenerización

Dimensionamiento del Servicio

Capas Información Geográfica

Equipamiento Urbano

Contenedores Carga Lateral

Contenedores Carga Trasera

Maquinaria

Vehículos Especiales

Educación y Formación

Dinámicas y Juegos

Campañas de Sensibilización

Talleres y Seminarios

Programas de Educación

Centros de Interpretación

Participación Ciudadana

Autorizaciones

Registro Gestores RNP

Instalaciones

Operaciones de Tratamiento

Operaciones de Recogida

¿“Who is Who” dentro de la Gestión de Residuos?

Productor

Negociante

Agente

Gestor

Transportista

Poseedora

¿Qué ofrecemos en Coccosphere®?

Te lo contamos

Dimensionamiento Servicio Recogida de Residuos Urbanos

Soluciones Avanzadas en Gestión de Residuos y Reciclaje

    • Asistencia en ofertas técnicas para licitaciones públicas.
    • Cálculo de distancias a contenedores.
    • Estudio de contenerización.
    • Ubicación de contenedores.
    • Cobertura óptima de servicio.
    • Capas SIG.
Redacción Pliegos Condiciones Técnicas Residuos

Asistencia a las Administraciones Públicas

    • Asistencia en ofertas técnicas para licitaciones públicas.
    • Mejores Técniccas Disponibles (MTDS).
    • Estudio de sistemas de recogida.
    • Análisis normativo.
    • Redimensionamiento parque de contenedores.
    • Puntos Limpios.

Preguntas Frecuentes

Frequently Asked Questions (FAQS)

¿Qué regula la nueva Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados?

La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados tiene por objeto incorporar al ordenamiento jurídico español las modificaciones que fueron introducidas por la Directiva (UE) 2018/851, así como revisar la actual normativa de residuos y suelos contaminados aprobada en la Ley 22/2011, con el fin de cumplir con los nuevos objetivos establecidos en las nuevas directivas europeas de residuos que conforman el Paquete de Economía Circular, así como con los nuevos objetivos derivados de la directiva de plásticos de un solo uso que surgen de la “Estrategia Europea para el plástico en una economía circular”.

Entre los principales aspectos objeto de revisión en la nueva Ley 7/2002, de residuos y suelos contaminados se encuentran:

    • La Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) en coherencia con la normativa europea.
    • La revisión del régimen sancionador, incluyendo nuevas infracciones y actualizando sanciones.
    • Nuevas definiciones (como aceite de cocina usado, arte de pesca, entre otros).
    • Revisión del ámbito de aplicación.
    • El impulso de la Economía Circular a través de la revisión de los procedimientos de subproducto y fin de condición de residuo.
    • Reforzamiento de la jerarquía de residuos mediante la inclusión de la obligación por parte de las administraciones de adoptar instrumentos económicos y financieros.
    • Restricciones y prohibiciones en materia de plásticos.
¿Objetivos de la nueva Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados?

La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados establece objetivos y medidas específicas para limitar los impactos derivados de la generación de residuos.

    • Se deberá reducir el peso de los residuos producidos en un 13% para 2025 respecto al 2010.
    • Se deberá reducir el peso de los residuos producidos en un 15% para 2030, respecto a los generados en 2010.
¿Autorización para Gestor de Residuos?

Desde Coccosphere® prestamos un Servicio Integral de tramitación de autorizaciones:

    • Asesoramos al cliente de todos los requisitos y las posibilidades de que sus instalaciones cumplan o no con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
    • Elaboramos toda la documentación.
    • Entregamos en la Consejería de Medio Ambiente de la correspondiente Comunidad Autónoma toda la documentación.
    • Realizamos un seguimiento continuo del expediente para agilizar su tramitación e ir informando al cliente.
¿Qué documentación es necesaria para la Autorización de Gestor?

Desde Coccosphere® gestionamos la documentación para la obtención de la Autorización como Gestores de Residuos No Peligrosos y Peligrosos:

      • Formulario de solicitud de autorización para la gestión de residuos no peligrosos + Anexo.
      • Pago de las tasas administrativas.
      • Proyecto Técnico que incluya el listado de residuos (Códigos LER, cantidades y frecuencia), descripción de los procesos, instalaciones, maquinaria, etc.
      • Plan de Autocontrol.
      • Plan de Autoprotección y Emergencia.
      • Estudio de Impacto Ambiental.
      • Informe Situación del Suelo.
      • Fianza y Seguro de Responsabilidad Ambiental.
      • Certificado del registro industrial.
      • Licencia de actividad municipal.
¿Cuanto se tarda en obtener la Autorización como Gestor?

El plazo se extiende hasta unos 12 meses. Intervienen varias administraciones con plazos de resolución de 3 meses.

¿Obligaciones de los Productores y Poseedores?

La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, contempla y desarrolla las obligaciones para los productores iniciales y otros poseedores de residuos, manteniendo la estructura y la línea jurídica de la normativa anterior, pero sistematizando y aclarando algunas cuestiones fundamentales.

En concreto, son obligaciones de los productores iniciales u otros poseedores:

    • Realizar el tratamiento de los residuos por sí mismos, siempre que se disponga de la autorización correspondiente.
    • Encargar el tratamiento de sus residuos a un negociante registrado o a un gestor de residuos autorizado.
    • Entregar los residuos a una entidad pública o privada de recogida de residuos, siempre que estén registradas.

Para facilitar la gestión, el productor inicial u otro poseedor de residuos está obligado a:

    • Identificar los residuos conforme al Art. 6 de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados.
    • Suministrar a las empresas autorizadas para su gestión la información necesaria para su adecuado tratamiento.
    • Informar inmediatamente a la administración en caso de desaparación, pérdida o escape de residuos peligrosos.
    • Suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra sus responsabilidades (productores de más de 10 t/año).
    • Disponer de zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento de los residuos. En caso de residuos peligrosos deberán estar protegidos contra la intemperie y con sistemas de contención de derrames.
    • La duración máxima del almacenamiento será de 2 años cuando sean residuos no peligrosos destinados a valorización y de 1 año cuando se destinen a eliminación. En el caso de residuos peligrosos será de 6 meses.
    • No mezclar los residuos no peligrosos, ni diluir.
    • Envasar los residuos peligrosos conforme al Reglamento (CE) 1272/2008.
    • Etiquetar los recipientes con residuos peligrosos de forma clara y visible, legible e indeleble, con el contenido recogido en el Art. 21 e).
¿Obligaciones a los Gestores?

1. Las entidades que realicen la recogida de residuos deberán:

    • Acopiar, clasificar y almacenar los residuos en las condiciones adecuadas.
    • Envasar y etiquetar los residuos conforme a la normativa vigente.
    • Entregar los residuos para su tratamiento a entidades autorizadas.

2. Las entidades que transporten residuos deberán:

    • Transportar los residuos cumpliendo con la normativa vigente.
    • Mantener los residuos separados e identificados durante su transporte y en el caso de residuos peligrosos, envasados y etiquetados conforme a la normativa.

3. Las entidades que realicen el tratamiento de residuos deberán:

    • Efectuar las comprobaciones oportunas para la recepción.
    • Realizar el tratamiento conforme a lo previsto en su autorización y acreditarlo documentalmente.
    • Gestionar adecuadamente los residuos.

4. Los gestores de residuos deberán:

    • Disponer de una zona habilitada e identificada para el almacenamiento de residuos.
    • Constituir una fianza en el caso de los residuos peligrosos y cuando así lo exigan las normas específicas.
    • Suscribir un seguro o constituir una garantía financiera en el caso de tratarse de negociantes, transportistas o entidades que realicen tratamientos de residuos peligrosos.
    • No mezclar residuos peligrosos con otras categorías de residuos.
    • Realizar el envasado y etiquetado de residuos peligrosos según se indica en el Art. 21.

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