Higiene y Salud Ambiental | Servicios Ambientales | Coccosphere
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Higiene y Salud Ambiental

Coccosphere Environmental Analysis

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Coccosphere Environmental Analysis es un nuevo concepto de consultoría que ofrece servicios especializados relacionados con el sector medioambiental, ejerciendo de plataforma y creando una amplia red de colaboradores, con unas directrices claras, mayor claridad y segmentación de las soluciones.

Desarrollamos propuestas de valor, productos y servicios más innovadores, para un posicionamiento muy diferencial en el mercado.

Soluciones Avanzadas en Higiene y Salud Ambiental

Te lo contamos

Formación

Carnet Manipulador de Alimentos

Sistemas de Gestión Alimentaria

ISO 22000

BRC Packaging & Food

IFS Logistics & Food

EureGAP

GlobalGAP

Seguridad Alimentaria

Registro Sanitario de Alimentos

Sistema Autocontrol APPCC

Planes Generales de Higiene

Procedimiento Registro Sanitario de Alimentos

Step by Step

El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, tiene como finalidad la protección de la salud pública y de los intereses de los consumidores, facilitando el control oficial de las empresas, establecimientos y productos.

Comunicación Previa o Solicitud de Inscripción

Nombre o razón social

NIF, NIE o CIF

Objeto de todas sus actividades

Sede del establecimiento

Domicilio social

Inscripción y Asignación

Las CCAA lo comunicarán a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, que procederá a su inscripción en el Registro y a la asignación del Número de Identificación de carácter nacional.

Certificación

La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición facilitará a quien lo solicite, certificaciones de los datos obrantes en el Registro.

¿Cómo lo hacemos?

Proyectos a su Medida

Rápida Tramitación

Garantía de Éxito

Lo hacemos muy Fácil

El Mejor Precio

Trato Personal

Sistema APPCC

Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico

1

Detectar cualquier peligro que deba evitarse, eliminarse o reducirse a niveles aceptables.

2

Detectar los puntos de control crítico en la fase o fases en las que el control sea esencial para evitar o eliminar un peligro o reducirlo a niveles aceptables.

3

Establecer, en los puntos de control crítico, límites críticos que diferencien la aceptabilidad de la inaceptabilidad para prevención, eliminación o reducción de los peligros detectados.

4

Establecer y aplicar procedimientos de vigilancia efectivos en los puntos de control crítico.

5

Establecer medidas correctivas cuando la vigilancia indique que un punto de control crítico no está controlado.

6

Establecer procedimientos, que se aplicarán regularmente, para verificar que las medidas contempladas en 1) y 5) son eficaces.

7

Elaborar documentos y registros en función de la naturaleza y el tamaño de la empresa alimentaria para demostrar la aplicación efectiva de las medidas contempladas en 1) y 6).

Preguntas Frecuentes

Frequently Asked Questions (FAQS)

¿Qué normativa debemos conocer?
    • Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
    • Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
    • Reglamento (CE) 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos selectivos relativos a la seguridad alimentaria.
    • Reglamento (CE) 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, por el se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
    • Real Decreto 1412/2018, de 3 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población.
    • Real Decreto 1809/1991, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, aprobada por el Real Decreto 2685/1976, de 16 de octubre.
    • Reglamento (CE) 1935/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
    • Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los servicios en el mercado interior.
    • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
¿Quién debe solicitar el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos?

Se inscribirán en el Registro los establecimientos de las empresas y/o las propias empresas, siempre que se reúnan los siguientes requisitos, de acuerdo a dos premisas, que su actividad tenga por objeto o pueda clasificarse según:

 

    • Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano.
    • Materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos.
    • Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.
    • Producción, transformación, elaboración y/o envasado.
    • Almacenamiento y/o distribución y/o transporte.
    • Importación de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.

 

Carece de sentido incluir en el registro nacional (pero si deberán inscribirse en los registros autonómicos) a las tiendas minoristas, restaurantes, cafeterías, bares, panaderías, pastelerías, comedores de centros escolares u hospitales y otros establecimientos cuya actividad principal es la venta al detalle o el servicio in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio, o a colectividades que comercializan en un ámbito local, ya que para ellos resulta suficiente un registro de ámbito territorial autonómico.

¿Con qué organismos oficiales contamos?
    • Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN).
    • Autoridad Europea Alimentaria (EFSA).
¿Qué documentación hay que entregar?

De forma general se deberá aportar:

 

    • Solicitud.
    • Memoria técnica descriptiva de la actividad.
    • Información básica: nombre o razón social; NIF, NIE o CIF; sede del establecimiento y domicilio social.
    • Escrituras.
    • Justificante del pago de las tasas.
    • Plan de Autocontrol APPCC.

 

Coccosphere Environmental Analysis se encarga de elaborar y gestionar toda la documentación y hacer el envío telemático de la solicitud con nuestra propia firma digital.

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