15 Ago Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria (EAE-O) Sector UR-4 «Los Caleros» en Rincón de la Victoria
Proyecto/Servicio: Documento Inicial Estratégico y Documento Ambiental Estratégico para la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria (EAE-O) del Plan Parcial de Ordenación del Sector UR-4 «Los Caleros» del Plan General de Ordenación Urbana del T.M. de Rincón de la Victoria (Málaga, España).
Normativa de referencia: Ley 7/2007, de 9 de junio; Ley 21/2013, de 9 de diciembre; Ley 7/2021, de 1 de diciembre.
Coccosphere® Environmental Analysis inicia los trabajos de redacción y tramitación ambiental de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria (EAE-Ordinaria) del Plan Parcial de Ordenación del Sector UR-4 «Los Caleros» del Plan General de Ordenación Urbana en el T.M. de Rincón de la Victoria (Málaga, España), para ello, el equipo de Coccosphere® redactará el Documento Inicial Estratégico y el Documento Ambiental Estratégico, éste último, una vez recibamos el Documento de Alcance por parte de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga. El caso en el que nos encontramos se ajusta a los descrito en el Art. 40.2 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, donde dice: «c) Los planes parciales de ordenación«, razón por la que debe someterse a un procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica en su modalidad ordinaria.
Este Plan Parcial busca concretar la ordenación prevista en el Plan General, mediante la localización de los suelos correspondientes a las cesiones obligatorias como son Zonas verdes y Equipamientos, en proporción fijada por el PGOU y la Innovación en tramitación, así como la de las zonas en las que se concretaran las edificaciones destinadas a vivienda. Así como, la dotación a estos suelos una vez ordenados de los servicios urbanísticos de abastecimiento de agua, red de saneamiento, dotación de energía eléctrica y de baja y media tensión y alumbrado.
¿Qué contenido mínimo debe incluir el Documento Ambiental Estratégico (DAE)?
Estudio Ambiental Estratégico (EsAE)
El contenido del Documento Ambiental Estratégico (DAE) se deberá ajustar a lo indicado en el Anexo II.C). de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), modificada por el Decreto-Ley 3/2015, de 3 de marzo, por el que se modifican la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, Ley 8/1987, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros y se adoptan medidas excepcionales en materia de sanidad ambiental.
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